InicioEconomíaEmpleadas domésticas: cómo quedan los sueldos en julio, agosto y septiembre 2025...

Empleadas domésticas: cómo quedan los sueldos en julio, agosto y septiembre 2025 tras el último aumento oficial

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) oficializó, a través de la Resolución 1/2025, un nuevo esquema de aumentos salariales para el personal de casas particulares. La medida contempla un incremento escalonado que se aplicará entre julio y septiembre de 2025, con base en las remuneraciones mínimas vigentes en enero del mismo año.

El aumento total establecido es del 6,5%, distribuido de manera escalonada de la siguiente forma:

  • 3,5% acumulado sobre las remuneraciones mínimas de enero 2025, pagadero con los haberes correspondientes a julio.
  • 1% adicional sobre el salario actualizado, aplicable en julio, agosto y septiembre de 2025 respectivamente.
  • Suma no remunerativa por única vez a abonarse en los tres meses del período, sujeta a la carga horaria semanal del personal.

Este esquema fue aprobado durante la sesión plenaria ordinaria del 14 de julio de 2025, en la que participaron representantes del sector trabajador, empleador y público. Allí se acordaron tanto los aumentos como la entrega del pago no remunerativo.

Empleadas domésticas: acumulación de aumentos

Según la estructura acordada, el incremento acumulado de las remuneraciones mínimas para el personal doméstico queda determinado de la siguiente forma:

  • Julio 2025: +4,535% sobre enero 2025
  • Agosto 2025: +5,580% sobre enero 2025
  • Septiembre 2025: +6,636% sobre enero 2025

Estos porcentajes se aplican sobre las escalas mínimas fijadas previamente por la CNTCP para el inicio del año.

La resolución de la CNTCP se enmarca en lo dispuesto por la Ley N° 26.844, que regula el régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares. En particular, los artículos 18, 67 y 68 de dicha normativa habilitan a la Comisión a establecer y actualizar las remuneraciones mínimas del sector, además de promover mejoras en las condiciones laborales.

Asimismo, el acto administrativo cuenta con la intervención de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y la Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa del Ministerio de Capital Humano, que evaluaron su legalidad y procedencia.

Alcance del aumento y escalas aplicables

El incremento del 3,5% dispuesto en el artículo 1° de la resolución será aplicable a todos los trabajadores del sector y se liquidará con los salarios correspondientes al mes de julio de 2025. A partir de allí, los aumentos mensuales del 1% continuarán elevando la base salarial en agosto y septiembre.

A modo de referencia, las escalas mínimas mensuales y por hora que surgen de esta actualización quedaron establecidas en los anexos I, II y III de la resolución oficial. Estos documentos contienen los valores correspondientes a cada categoría laboral y tipo de modalidad —con retiro o sin retiro— y también detallan los montos de las sumas no remunerativas.

Pago adicional no remunerativo

Además de los incrementos porcentuales, la resolución prevé una suma fija no remunerativa, a ser abonada en julio, agosto y septiembre. El monto varía según la cantidad de horas trabajadas semanalmente, y se calcula de forma proporcional al tiempo de labor registrado. Esta asignación adicional fue consensuada por todas las representaciones de la Comisión y está documentada en los mismos anexos que definen las escalas salariales.

Este pago no remunerativo tiene carácter excepcional y no se incorporará al salario base ni incidirá en cálculos vinculados a aportes previsionales ni contribuciones.

Vigencia y aplicación nacional

De acuerdo con el artículo 6° de la Resolución 1/2025, las modificaciones salariales tienen alcance nacional, por lo que deberán ser aplicadas en todo el territorio argentino, sin excepción. Este criterio unificado busca garantizar condiciones de equidad entre los distintos distritos del país.

La resolución fue firmada por la presidenta de la CNTCP, Sara Alicia Gatti, y quedó formalmente registrada en la Dirección Nacional del Registro Oficial para su posterior publicación y entrada en vigencia.

Empleadas domésticas: categorías alcanzadas

Las adecuaciones salariales alcanzan a todas las categorías incluidas en el régimen de trabajo en casas particulares, entre ellas:

  • Supervisores/as
  • Personal para tareas específicas (como cocina, jardinería, cuidado de personas)
  • Caseros/as
  • Asistencia y cuidado de personas
  • Personal para tareas generales

Los valores para cada categoría varían según el tipo de prestación (mensual o por hora) y la condición de retiro.

La resolución se dictó conforme a las facultades legales conferidas a la CNTCP por la Ley 26.844. El expediente administrativo que da origen a la norma es el N° EX-2025-72655149- -APN-DGDTEYSS#MCH.

Este tipo de resoluciones son parte de la política periódica de actualización de las remuneraciones mínimas del sector, y se complementan con anteriores disposiciones como la Resolución 1/2025 del mes de febrero, que fijó los valores base para diciembre 2024 y enero 2025.

Resumen del esquema de aumentos julio–septiembre 2025:

  • Julio: +3,5% acumulado (base enero) + 1% adicional = 4,535% acumulado
  • Agosto: +1% sobre julio = 5,580% acumulado
  • Septiembre: +1% sobre agosto = 6,636% acumulado
  • Suma no remunerativa: pagadera en los tres meses, según carga horaria

Empleadas domésticas: escalas salariales mínimas julio 2025

(Aplican aumento del 4,535% acumulado sobre enero 2025)

1. Supervisor/a

  • Con retiro: $1.280 por hora / $160.500 mensual
  • Sin retiro: $1.400 por hora / $178.800 mensual

2. Personal para tareas específicas (cocina, jardinería, chofer, etc.)

  • Con retiro: $1.210 por hora / $148.200 mensual
  • Sin retiro: $1.325 por hora / $165.000 mensual

3. Caseros/as

  • $1.140 por hora / $144.800 mensual (no aplica retiro)

4. Asistencia y cuidado de personas (niños, adultos mayores, personas con discapacidad)

  • Con retiro: $1.140 por hora / $144.800 mensual
  • Sin retiro: $1.280 por hora / $161.300 mensual

5. Personal para tareas generales

  • Con retiro: $1.050 por hora / $129.500 mensual
  • Sin retiro: $1.135 por hora / $144.000 mensual

Empleadasa domésticas: escalas salariales mínimas agosto 2025

(Aplican aumento del 5,580% acumulado sobre enero 2025)

1. Supervisor/a

  • Con retiro: $1.295 por hora / $162.600 mensual
  • Sin retiro: $1.415 por hora / $181.000 mensual

2. Personal para tareas específicas

  • Con retiro: $1.225 por hora / $149.900 mensual
  • Sin retiro: $1.340 por hora / $167.000 mensual

3. Caseros/as

  • $1.155 por hora / $146.500 mensual

4. Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $1.155 por hora / $146.500 mensual
  • Sin retiro: $1.295 por hora / $163.300 mensual

5. Personal para tareas generales

  • Con retiro: $1.065 por hora / $131.400 mensual
  • Sin retiro: $1.150 por hora / $145.700 mensual

Escalas salariales mínimas septiembre 2025

(Aplican aumento del 6,636% acumulado sobre enero 2025)

1. Supervisor/a

  • Con retiro: $1.310 por hora / $164.700 mensual
  • Sin retiro: $1.430 por hora / $183.200 mensual

2. Personal para tareas específicas

  • Con retiro: $1.240 por hora / $151.600 mensual
  • Sin retiro: $1.355 por hora / $169.100 mensual

3. Caseros/as

  • $1.170 por hora / $148.200 mensual

4. Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $1.170 por hora / $148.200 mensual
  • Sin retiro: $1.310 por hora / $165.300 mensual

5. Personal para tareas generales

  • Con retiro: $1.080 por hora / $133.300 mensual
  • Sin retiro: $1.165 por hora / $147.400 mensual

Montos de la suma no remunerativa mensual (julio, agosto y septiembre 2025)

Los valores de la suma no remunerativa se fijaron de manera proporcional a la carga horaria semanal:

  • Hasta 12 horas semanales: $9.000 por mes
  • Entre 13 y 24 horas semanales: $18.000 por mes
  • Más de 24 horas semanales: $25.000 por mes

Estas escalas deben ser tenidas en cuenta por empleadores y trabajadoras al momento de liquidar haberes, incluyendo en cada mes el incremento correspondiente y el adicional no remunerativo. La medida rige en todo el territorio argentino y su cumplimiento es obligatorio.

Más noticias
Noticias Relacionadas