El Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de San Isidro denegó la solicitud de excarcelación presentada por la defensa del condenado a prisión perpetua por el homicidio de María Marta García Belsunce, argumentando que no ha cumplido el tiempo mínimo de detención requerido.
Nicolás Pachelo, condenado a prisión perpetua por el homicidio de María Marta García Belsunce, permanecerá en la Unidad 9 del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) en La Plata. El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°4 de San Isidro rechazó el pedido de libertad condicional presentado por su defensa, según informaron fuentes judiciales.
En la resolución, el juez Andrés Andrejin explicó que «no corresponde conceder al justiciable su excarcelación en términos de libertad condicional», ya que no ha alcanzado «el tiempo suficiente en detención para habilitar la petición». El artículo legal aplicable exige al menos dos décadas de privación de libertad para este tipo de solicitudes. La jueza Victoria Santamaría Guglielmetti compartió los fundamentos y votó en igual sentido.
Pachelo, de 49 años, está detenido desde el 7 de abril de 2018, inicialmente por una serie de robos en el Tortugas Country Club de Pilar. En 2022, fue condenado a nueve años de prisión por esos delitos, pero absuelto por el homicidio de García Belsunce, ocurrido en el country Carmel de Pilar en octubre de 2002. Sin embargo, en noviembre de 2024, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense revocó esa absolución y lo condenó a prisión perpetua, sentencia que fue ratificada por la Sala IV del mismo tribunal en febrero de 2025. La causa se encuentra ahora en trámite ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
Los abogados defensores Raquel Pérez Iglesias y Marcelo Rodríguez Jordan habían solicitado la libertad condicional argumentando «los tiempos de detención padecidos», la conducta, el desenvolvimiento educativo y el tránsito progresivo en distintos regímenes penitenciarios de su defendido. Tras el rechazo inicial y un recurso de la defensa, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro ordenó un nuevo pronunciamiento, excluyendo la aplicación de una ley posterior al hecho por el que fue condenado.
El Ministerio Público Fiscal y la familia de la víctima se opusieron a la excarcelación. Finalmente, el tribunal consideró que, conforme a la ley penal vigente al momento del crimen, un condenado a prisión perpetua debe cumplir al menos veinte años de detención para poder acceder a un beneficio de libertad condicional, plazo que Pachelo no ha completado.
