El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis) finalizó una política temporal que extendía automáticamente la vigencia del permiso de trabajo. Ahora, los solicitantes deben ajustarse al límite original de 180 días, lo que puede generar interrupciones laborales.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) informó el fin de la política temporal que permitía extender automáticamente la vigencia del permiso de trabajo más allá de los 180 días en ciertos casos. Esta medida impacta a personas con solicitudes de renovación pendientes, ya que ahora deben ajustarse nuevamente al límite original, sin ampliaciones adicionales autorizadas en años recientes.
La normativa establece que la extensión automática solo puede aplicarse hasta un máximo de 180 días desde la fecha de vencimiento del documento anterior, según un comunicado oficial. Si la renovación no se aprueba dentro de ese período, la persona pierde el derecho a trabajar de forma legal en territorio estadounidense hasta recibir una nueva autorización válida.
Este límite ya existía en la regulación, pero una medida temporal lo había ampliado en ciertos casos para que algunos solicitantes pudieran continuar en sus puestos mientras esperaban resolución, incluso si su documento vencía. Con el nuevo criterio, el plazo vuelve a su esquema original, lo que implica que cualquier retraso puede traducirse en la pérdida inmediata del permiso para trabajar (EAD, por sus siglas en inglés).
Aunque la medida fue anunciada en 2025, sigue vigente actualmente. El cambio tiene consecuencias inmediatas para quienes dependen de la renovación de su autorización laboral. Si el documento expira y el caso permanece en revisión más allá del límite permitido, el empleador debe suspender al trabajador hasta que exista una aprobación formal. Por eso, la agencia recomendó a los solicitantes iniciar el trámite con mayor anticipación para evitar interrupciones.
Para extender la vigencia de un documento laboral, la autoridad establece que se debe presentar nuevamente el Formulario I-765 como solicitud de renovación, siempre que la persona mantenga elegibilidad bajo su categoría migratoria. Este proceso requiere cumplir con los mismos lineamientos generales del trámite inicial, incluyendo el pago de tarifas cuando corresponda o la solicitud de exención.
Estas son algunas de las categorías que pueden solicitarlo: para obtener un EAD por primera vez, el Uscis indica que se debe presentar el Formulario I-765, conocido como solicitud de autorización de empleo. Este trámite aplica a personas que necesitan demostrar su elegibilidad para trabajar o que requieren permiso específico debido a su estatus migratorio, como solicitantes de asilo, ajuste de estatus o ciertos estudiantes internacionales.
Por otro lado, la agencia especifica que no todas las personas deben solicitarlo. Quienes tienen residencia permanente o ciertos visados laborales ya cuentan con autorización automática para trabajar sin necesidad de este trámite adicional.
