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Florida endurece penas por maltrato animal y amplía garantías para dueños de mascotas

El gobernador Ron DeSantis firmó dos leyes que refuerzan la protección de perros y gatos, con nuevas sanciones penales y mayores derechos para los consumidores. Algunas medidas entrarán en vigencia en 2026.

El gobernador de Florida, Ron DeSantis, firmó los proyectos de ley HB 559 y SB 1004, aprobados por unanimidad en la Legislatura estatal, con el objetivo de reforzar la protección de mascotas y animales frente a actos de crueldad y mejorar las condiciones de compra para los dueños.

Las normativas fueron presentadas en un evento en el condado de Palm Beach, donde DeSantis destacó el liderazgo de Florida en la protección animal. “Hemos consolidado el liderazgo en la protección de animales con una nueva legislación para reforzar las penas por maltrato animal y mejorar la protección al consumidor para los dueños de mascotas”, declaró el gobernador.

HB 559: penas más duras por maltrato animal

La HB 559 se centra en endurecer las sanciones por maltrato animal y crear nuevas categorías de delitos. Entre las disposiciones más relevantes, se establece como delito de tercer grado que un adulto incite a un menor a cometer actos de crueldad animal. Además, si un menor comete crueldad animal, el tribunal de menores deberá ordenar una evaluación psicológica y, de ser necesario, tratamiento o asesoramiento. Los costos recaerán en los padres o tutores, salvo que se demuestre indigencia.

La normativa también prohíbe criar, entrenar, transportar o poseer animales para peleas, así como poseer equipamiento destinado a ese fin.

SB 1004: nuevas reglas para vendedores de mascotas

La SB 1004 reforma las reglas para los denominados “vendedores de mascotas” (pet dealers), definidos como quienes venden más de tres camadas o 30 perros o gatos al año. Las principales modificaciones incluyen:

  • Garantía de salud extendida: el plazo para que un veterinario certifique que un animal no es apto para la compra por enfermedad o parásitos se amplía de 14 a 30 días tras la venta. Para trastornos congénitos o hereditarios, el plazo es de un año.
  • Derecho a devolución: si el animal no es apto, el comprador puede devolverlo y recibir un reembolso total. En caso de financiamiento, el vendedor debe asegurar la cancelación del contrato sin penalización.
  • Acción judicial: si hay una disputa con el vendedor, el consumidor puede recurrir a los tribunales. Si gana, podría recibir daños punitivos no menores a 500 dólares.

Fechas de vigencia

Las disposiciones sobre protección en ventas de mascotas se aplicarán a partir del 1 de julio de 2026. Las reformas penales sobre crueldad animal entrarán en vigor el 1 de octubre de este año.

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